A los efectos de profundizar en los objetivos de prevención, sensibilización, visibilización, capacitación (en función de la adhesión a la Ley Micaela) y, primordialmente, para poder intervenir de la manera más eficiente en la erradicación de todas las situaciones de violencia de género y discriminación en base al género u orientación sexual, el Consejo Superior de la UPE, en su sesión de noviembre de 2019, aprobó el Protocolo de acción institucional para la prevención e intervención ante situaciones de violencia o discriminación por género u orientación sexual UPE (Resol. N° 89/19).

¿Qué es un protocolo?

Es un instrumento que contempla una serie de medidas para intervenir ante situaciones de violencia y discriminación basadas en el género u orientación sexual, tendientes a brindar asistencia, protección y resguardo de las personas afectadas, en el ámbito de nuestra universidad.

¿Qué situaciones comprende el Protocolo de la UPE?

Este Protocolo abarca y atiende situaciones de violencia y discriminación basadas en el género de las personas, la orientación sexual, la identidad de género y la expresión de género que excluyan, restrinjan, limiten, degraden, ofenda o anulen el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos de las personas.

¿Cuál es el ámbito de aplicación específico del Protocolo de la UPE?

El Protocolo rige para todas las relaciones académicas y laborales dentro de cualquier espacio físico y/o dependencia académica o administrativa donde funciona la UPE. Asimismo regirá, fuera del mencionado espacio físico, en el marco de las comunicaciones contextualizadas en las relaciones académicas o laborales del ámbito universitario, sea a través de medios telefónicos, virtuales o de cualquier otro tipo que surgieran.


¿A qué sujetos comprende?

Autoridades superiores, docentes, estudiantes, graduados/as y trabajadores/as, no docentes cualquiera sea su condición laboral o académica según corresponda, así como también personal académico temporario o visitante, y en general cualquier persona cuyo comportamiento o acción quede comprendida en las situaciones descriptas en el Protocolo.


¿Cuál es el dispositivo a través del que se garantiza la aplicación del Protocolo de la UPE?

En nuestra Universidad se encuentra en funcionamiento el Equipo referente del Programa de Género y Diversidad, integrado por profesionales que se dedican a atender, asesorar y -en caso de ser necesario- derivar todas las consultas y/o denuncias contempladas por el Protocolo bajo los términos de “situaciones de discriminación basada en el género de las personas, la orientación sexual, la identidad de género y la expresión de género que excluyan, restrinjan, limiten, degraden, ofenda o anulen el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos de las personas”.